La boleta de venta electrónica, a pesar de ser un documento electrónico, también se rige por el Reglamento de Comprobantes de Pago. Este establece que la boleta de venta o BV debe ser emitida en caso de operaciones con Consumidores finales (personas que compran para uso personal y no para vender) y en las operaciones realizadas por los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS).
No obstante, cuando las operaciones realizadas con los consumidores finales no excede los S/5.00 soles, no es obligatorio emitir una boleta de venta, a menos que sea exigido por el Usuario. De lo contrario, deberá emitir una BV al final del día, consolidando las operaciones por las cuales no se hubiesen emitido comprobante alguno.