Es de conocimiento general, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 279-2019/SUNAT, se designaron nuevos emisores electrónicos de comprobantes de pago en función de los ingresos anuales que hubieran obtenido al 31 de diciembre de 2019.
Esta norma fue modificada por la Resolución de Superintendencia Nº 000128-2021/SUNAT, publicada el 30 de agosto de 2021, en función de esta modificación, para emitir sus comprobantes a través de alguno de los Sistemas de emisión electrónica[1] previstos en nuestra legislación, los contribuyentes deben considerar las siguientes fecha: